martes, 15 de septiembre de 2015

Derechos humanos, propiedad intelectual y la circulación por internet

Mucho se viene discutiendo sobre los marcos legales que organizan la protección de los derechos de autor, los que como consecuencia del nuevo modo de distribución que plantea Internet se argumenta que se ven vulnerados.
Una manera de cambiar el eje de la discusión legalidad vs. piratería (término con una alta carga denotativa que elige ignorar que el capitalismo realizó gran parte de su acumulación originaria gracias a los piratas) es el debate acerca de la originalidad de las autorías. Decía Kant (siglo XVIII en Alemania), citado por Pepi Gonçalves, que una obra de arte no puede separarse de su autor, Concepto al que un siglo después en la Argentina, Sarmiento (a quien cita Beatriz Busaniche en su charla en Uruguay) refuta al afirma que todo autor tiene algo de plagiario. ¿Los autores crean a partir de la nada o son herederos de una enorme y larguísima cadena de ideas y creaciones ajenas en las que abrevan?
Decía que más allá de plantear el debate de la originalidad de la creación, hay cuestiones legales que abordar, tal como lo hacen Beatriz Busaniche y el activismo pro circulación del conocimiento.
Es así que las intervenciones de Beatriz, Pepi Gonçalves y Mariana Fossatti dialogan entre sí y plantean distintos ángulos de la cuestión.
Beatriz lo aborda desde el aspecto legal: no equiparar la propiedad intelectual con un derecho humano como es el de acceso y participación en la cultura (basados en la Declaración Universal de DDHH en su art. 27, y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su art. 15). Y como consecuencia plantea la necesidad de legislaciones que estén a la altura de los tiempos que corren y de los cambios de paradigma que viene planteando internet.
Por su lado Pepi expone una evolución histórica y económica de los derechos de copyright que repasa el origen de estos derechos basados esencialmente en la expansión capitalista. Termina ejemplificando con la ley uruguaya que, contemplando los derechos que les corresponden a los productores cinematográficos (vale recordar que Pepi es cineasta además de autora) establece que "los autores, salvo pacto en contrario, no pueden oponerse a que el productor realice o autorice la realización de modificaciones o versiones sucesivas de tales creaciones". Es así que Pepi plantea la necesidad de que se obligue a firmar contratos entre autores y productores.
Deberíamos hablar, dice Mariana Fossatti, complejizando la cuestión de la circulación de la cultura en los tiempos digitales, ejemplificando con You Tube en el que la creatividad amateur, sin permiso, crea una visibilidad y viralidad que generan comunidad.
Resumiendo, lo que queda planteado en las tres charlas que se complementan perfectamente al abordar diferentes aristas, es:

  • Los derechos de autor sí existen en internet.
  • No debemos confundir gratis con libre (de hecho mucho software gratuito no es libre y mucho software libre no es gratuito).
  • Distiguir qué son los derechos humanos para no incluir entre ellos a la propiedad intelectual.
  • Bregar por una legislación acorde al nuevo paradigma de creación y distribución que plantea Internet como medio de comunicación de muchos para muchos.
  • Ver a las industrias culturales como forma de participar y no como un consumo.
  • Reconocer el valor aportado por los usuarios a toda creación.

De allí la importancia de estudiar, debatir y compartir todas las cuestiones relacionadas con las creaciones y sus regulaciones en cuanto a protección de derechos de autor y la protección de derechos al acceso.

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