Si se piensa en un caso de actualidad en donde se vulneren algunos
de los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos ala Vigilancia de las Comunicaciones es el llamado “Caso Snowden”.
En el 2013, Edward Snowden, un informático estadounidense
que había trabajado como asesor para la CIA (la Central de Inteligencia de
EEUU) y de la NSA (Agencia de Seguridad Nacional), a través de los periódicos The Guardian y The Washington Post,
dio a conocer miles y miles de documentos clasificados obtenidos por EEUU a
través de los programas PRISM y XKeyscore. Que se habían utilizado para
realizar vigilancia masiva que incluía a líderes políticos y gobernantes de
varios países.
Ahí descubrimos que PRISM es un programa con el que vigilan
las comunicaciones de ciudadanos que vivan fuera de los EEUU y también a los
que viviendo dentro tienen comunicación con aquellos. Se vigilan e-mails,
chats, sitios visitados, archivos enviados y recibidos y perfiles y actividad
en redes sociales como Facebook, Twitter, etc., empresas éstas, que junto a
Microsoft, Apple, Google, conocían de esta vigilancia aunque lo negaron.
El otro sistema utilizado es XKeyscore, también para la búsqueda y análisis de datos
en Internet.
En un mundo pos atentado a las Torres Gemelas, el temor a
nuevos atentados (y la efectiva existencia de estos) ha instalado oportunamente
una cierta paranoia que va a dar como resultado la tolerancia a actividades de
vigilancia por parte del Estado al que no se le requerirán tantas garantías.
Los miles de millones de ciudadanos cuyos datos fueron almacenados (datos
altamente sensibles que incluyen también sus transacciones económicas) hablan
de desmesura, hablan de una violación constante y sistemática a la privacidad.
Evidentemente el principio de necesidad (“la Vigilancia de las Comunicaciones
sólo debe llevarse a cabo cuando es el único medio para alcanzar un objetivo
legítimo, o bien cuando habiendo varios medios sea el menos propenso a vulnerar
los derechos humanos”), el de idoneidad (según el cual esta vigilancia deberá
ser hecha “mediante ley debe ser apropiado para cumplir el objetivo legítimo
específico identificado”), el de proporcionalidad (que sean enfocadas a evitar
un delito grave y no atenten contra el derecho a la privacidad), son algunos de
los vulnerados.
Lo concreto es que no sólo se vulneraron cantidad de
derechos sino que tamaño espionaje no ayudó a evitar atentados y puso sobre el
tapete la pregunta: ¿hasta qué punto las posibles amenazas de atentados legitiman
la vigilancia total? ¿En pos de evitar estas amenazas estamos dispuestos a
soportar nuestra vigilancia?
Este caso plantea un antes y un después. Evidentemente se
han vulnerado numerosos derechos, evidentemente los Estados con diversas
excusas nos están vigilando a todos, evidentemente estas vigilancias han
demostrado que no son demasiado efectivas (los atentados siguen, continúa el
gran negocio del tráfico de personas, de drogas, de armas, los pederastas pocas
veces son atrapados). Ante tanta evidencia, y siendo que somos mayoría los
vigilados es que la tarea será organizarnos y dar la batalla. A lo largo de
estos cursos creo que todos hemos aprendido que lo único que no podemos hacer
es naturalizar que estas cosas pasen.
Ah, y de paso dejemos de naturalizar que la culpa es de
Snowden (al que muy pocos países se atreven a asilar) y nos horroricemos de
estas prácticas porque si no cada vez van a ser más extendidas y cada vez
obviarán más la ley que las autorice.