martes, 15 de septiembre de 2015

Derechos humanos, propiedad intelectual y la circulación por internet

Mucho se viene discutiendo sobre los marcos legales que organizan la protección de los derechos de autor, los que como consecuencia del nuevo modo de distribución que plantea Internet se argumenta que se ven vulnerados.
Una manera de cambiar el eje de la discusión legalidad vs. piratería (término con una alta carga denotativa que elige ignorar que el capitalismo realizó gran parte de su acumulación originaria gracias a los piratas) es el debate acerca de la originalidad de las autorías. Decía Kant (siglo XVIII en Alemania), citado por Pepi Gonçalves, que una obra de arte no puede separarse de su autor, Concepto al que un siglo después en la Argentina, Sarmiento (a quien cita Beatriz Busaniche en su charla en Uruguay) refuta al afirma que todo autor tiene algo de plagiario. ¿Los autores crean a partir de la nada o son herederos de una enorme y larguísima cadena de ideas y creaciones ajenas en las que abrevan?
Decía que más allá de plantear el debate de la originalidad de la creación, hay cuestiones legales que abordar, tal como lo hacen Beatriz Busaniche y el activismo pro circulación del conocimiento.
Es así que las intervenciones de Beatriz, Pepi Gonçalves y Mariana Fossatti dialogan entre sí y plantean distintos ángulos de la cuestión.
Beatriz lo aborda desde el aspecto legal: no equiparar la propiedad intelectual con un derecho humano como es el de acceso y participación en la cultura (basados en la Declaración Universal de DDHH en su art. 27, y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su art. 15). Y como consecuencia plantea la necesidad de legislaciones que estén a la altura de los tiempos que corren y de los cambios de paradigma que viene planteando internet.
Por su lado Pepi expone una evolución histórica y económica de los derechos de copyright que repasa el origen de estos derechos basados esencialmente en la expansión capitalista. Termina ejemplificando con la ley uruguaya que, contemplando los derechos que les corresponden a los productores cinematográficos (vale recordar que Pepi es cineasta además de autora) establece que "los autores, salvo pacto en contrario, no pueden oponerse a que el productor realice o autorice la realización de modificaciones o versiones sucesivas de tales creaciones". Es así que Pepi plantea la necesidad de que se obligue a firmar contratos entre autores y productores.
Deberíamos hablar, dice Mariana Fossatti, complejizando la cuestión de la circulación de la cultura en los tiempos digitales, ejemplificando con You Tube en el que la creatividad amateur, sin permiso, crea una visibilidad y viralidad que generan comunidad.
Resumiendo, lo que queda planteado en las tres charlas que se complementan perfectamente al abordar diferentes aristas, es:

  • Los derechos de autor sí existen en internet.
  • No debemos confundir gratis con libre (de hecho mucho software gratuito no es libre y mucho software libre no es gratuito).
  • Distiguir qué son los derechos humanos para no incluir entre ellos a la propiedad intelectual.
  • Bregar por una legislación acorde al nuevo paradigma de creación y distribución que plantea Internet como medio de comunicación de muchos para muchos.
  • Ver a las industrias culturales como forma de participar y no como un consumo.
  • Reconocer el valor aportado por los usuarios a toda creación.

De allí la importancia de estudiar, debatir y compartir todas las cuestiones relacionadas con las creaciones y sus regulaciones en cuanto a protección de derechos de autor y la protección de derechos al acceso.

jueves, 3 de septiembre de 2015

La increíble y triste historia de Aaron Swartz

Aaron Swartz fue un programador y activista de internet que terminó juzgado y condenado por un delito lamentable: hacer posible que una gran cantidad de artículos (papers) científicos alojados en JStor, quedaran fuera de esa jaula.
JStor es un sitio que alberga la producción científica de gran parte de los investigadores y pensadores de todo el  mundo. El sistema consiste en encarcelar el conocimiento (que, como dije en otro post es fruto de una creación colectiva) y cobrar doblemente: les cobra a los científicos por ingresar y luego les cobra a las universidades y a los mismo científicos para poder acceder. Es decir que los científicos pagan por ingresar a una jaula lo que han producido con la promesa que no se es nadie si no se está ahí dentro.
El negocio es millonario y Aaron Swartz demostró que además es vulnerable. Entiendo que le pegó en el centro de la concepción del sistema capitalista: poniendo en jaque sus ganancias y demostrando que es inseguro. Casualmente las banderas utilizadas hasta el cansancio para justificar diversas intromisiones violatorias de derechos humanos.
Básicamente ese fue el delito por el que fue juzgado y al momento de su suicidio estaba latente la posibilidad de una condena a prisión de medio siglo y de varios millones de dólares de compensación.
Sólo me detendré un momento para decir dos palabras sobre su suicidio. Finalmente fue una decisión que él tomó y jamás sabremos (aunque el intento de encontrar culpables en estos casos es casi inevitable) qué fue lo que gravitó más. Sólo lamentaremos enormemente su muerte.
Lo que plantea el caso es hasta cuándo toleraremos esto y qué podemos hacer entre tanto. Actualmente en la Argentina se está generando un sistema por el cual toda la producción que se hace en una universidad pública, todas las investigaciones, serán publicadas online, en repositorios digitales abiertos y conectados, y todas bajo licencias Creative Commons.
Hubo lugares fuera de la Argentina en los que ya se ha demostrado que tienen muchas más visitas y descargas de esta forma abierta, y hasta los mismos investigadores reconocen que han tenido interesantísimas devoluciones.
Es muchísimo más largo de hablar. Respetando el enorme trabajo de los que esto tienen que leer me detengo aquí. También es largo el camino a recorrer pero ya hemos empezado. Esta discusión lo prueba.